Conoce esa mochila que cargas cada día (llamada IVA)

Aunque muchos consideren una carga el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la realidad es que podría ser mucho peor. De hecho,  el concepto del IVA nació en la década de 1950 con la idea de reemplazar un impuesto mucho más injusto: el ITE (Impuesto sobre el Tráfico de las Empresas), que aumentaba en cascada según se producían las transmisiones en la cadena de producción.

En el caso del IVA se deduce el impuesto pagado en todas las compras anteriores, por lo que favorece la sana competencia de mercado y estimula las inversiones y exportaciones al acabar con las dobles imposiciones. El economista Vicente Bastante lo definió en 1982 como “un impuesto general sobre los productos y servicios que asegura una igualdad de tributación al nivel de consumidor final entre los productos fabricados en el país, así como entre estos y los importados, cualquiera que sea la longitud de los circuitos de producción y distribución”.

“Los productos gravados con un tipo menor son considerados de primera necesidad y los catalogado como de lujo se les aplica un impuesto mayor”

La mayor innovación fiscal del pasado siglo fue obra del l francés Maurice Lauré en 1954. A partir del 1 de enero de 1970, casi veinte años después, todos los Estados miembros de la Comunidad Económica Europea (CEE), la precursora de la actual Unión Europea, debían renunciar definitivamente a sus impuestos en cascada y adoptar, en su lugar, el IVA.

Gracias a su gran capacidad recaudatoria este impuesto se erige, según Bastante, en “una de las fuerzas motrices de una Europa unida”.

TIPOS DE IVA

La CEE estableció que debían existir, como máximo, tres tipos de IVA. En la actualidad, en la Unión Europea existen el estándar, el reducido y el superreducido. En España, estos tres tipos corresponden al 21%, 10% y 4%, respectivamente. Estos porcentajes varían en otros países de la Unión Europea.

Esta escala tiene una función redistributiva. Los productos gravados con un tipo menor son considerados de primera necesidad, mientras que a los productos catalogado como de lujo se les aplica un impuesto mayor. La elección de los productos que se engloban en cada tipo de IVA ha suscitado, a veces, polémicas. Es conocido el caso de los productos de higiene femenina o los pañales, ya que muchos consideran que deberían tener un IVA superreducido. Es más: algunos productos sanitarios y farmacéuticos pasaron en 2015 de que se les aplicara el 10% de IVA a tener la tasa máxima del 21%. También está en la palestra el IVA cultural, que subió en España del 10 al 21%, cosa que está provocando muchas protestas en ese sector. La categorización de los productos y servicios según su necesidad siempre tendrá un componente subjetivo que hará que, en materia de impuestos sobre el valor añadido, no llueva a gusto de todos.

IVA 0, TIPOS REDUCIDOS Y PARKING RATES

La directiva europea establece un tipo de IVA para todos los productos, como hemos visto ya. Pero algunos países, como es el caso de Reino Unido, aplican una tasa 0 de IVA a libros, periódicos y revistas, medicinas, cascos de bicicleta si están homologados con las normas de seguridad, publicidad de entidades de caridad, así como tiendas destinadas a estos fines o que vendan artículos donados, etcétera. En Bélgica, Italia, Dinamarca, Finlandia, Malta y Suecia, sin embargo, esa tasa 0 se aplica a la mayoría de los productos alimenticios (excepto las bebidas alcohólicas), a las apuestas y a las loterías.

“La categorización de los productos y servicios según su necesidad siempre tendrá un componente subjetivo que hará que no llueva a gusto de todos”

En cuanto a los tipos reducidos, aunque la normativa europea deja claro qué tipos de IVA pueden aplicarse, la mayoría de los Estados miembros se ha acogido a distintas excepciones. Así, por ejemplo, España, Irlanda, Luxemburgo, Italia y Francia mantienen sus tipos superreducidos (por debajo del 5%) para ciertos casos. En España, por ejemplo, ese IVA superreducido se sitúa en el 4% y se aplica a productos considerados de primera necesidad: alimentos, libros, revistas y periódicos, medicamentos para uso humano, vehículos y sillas de ruedas para minusválidos, prótesis y viviendas de protección oficial; también a ciertos servicios como la teleasistencia, la ayuda a domicilio y los centros de día y de noche, entre otros.

Pero hay otros países que aplican tasas llamadas parking rates. Aunque la Unión Europea determinó en 1991 un tipo general y uno o dos tipos reducidos para ciertos productos, a algunos países se les permitió mantener tipos reducidos para esos mismos productos aplicando una tasa llamada parking rates, con el compromiso de que fueran eliminándose gradualmente en el plazo de 10 años. Sin embargo, esto no ha llegado a cumplirse. Por esta razón, la armonización fiscal del IVA (es decir, que todos los países tengan tasas iguales para los mismos productos) sigue siendo un objetivo a cumplir.

¿ES EL IVA UN IMPUESTO JUSTO?

Existen dos visiones sobre la “justicia” de este impuesto. Para algunos, presenta la ventaja de que quienes menos tienen (y, por tanto, limitan su consumo a productos básicos) pueden adquirir en proporción más que los que compran “caprichos”. Dicho de otra forma, según esta perspectiva el IVA hace que el dinero valga más cuando es para comprar pan y menos si es para comprar cosas innecesarias. Además, este impuesto penaliza los productos que se consideran nocivos, tales como el tabaco o el alcohol, para que sean más caros para el bolsillo del consumidor.

Pero, para otros, el IVA no es justo porque no es proporcional al nivel adquisitivo de la gente. Es decir, que una persona con pocos recursos paga el mismo IVA que otra con más, al contrario que otros impuestos como el IRPF, que son proporcionales a los ingresos de cada persona.

¿CUÁNTO RECAUDA EL ESTADO GRACIAS AL IVA?

Cuando se habla de subidas del IVA, muchos consideran que estas no aumentarían la recaudación del Estado ya que, debido a ellas la gente consumiría menos.

Sin embargo, en el año 2014, la recaudación del IVA fue la mayor de la historia: los consumidores abonaron 56.166 millones, lo que supone un 5,31% del PIB. Este incremento se debe a las subidas fiscales de este impuesto (el tipo general se ha incrementado en cinco puntos en los últimos cinco años, pasando del 16% al 21%) y al incremento del consumo de las familias.

El Ejecutivo prevé que en 2015 la recaudación alcance por primera vez en la historia los 60.000 millones de euros, es decir, que aportará al Estado el doble de recursos que en 2009, cuando este impuesto indirecto tocó suelo.

(Visited 547 times, 1 visits today)
Share This